circular nº 2

Circular nº 2

                                                                       Almudévar, 03 de noviembre 2015

Estimadas familias:

Según Resolución de 26 de octubre de 2015, en la cual se dictan Instrucciones de Funcionamiento de los Comedores Escolares para el curso 2015-2016, en la disposición vigésimo cuarta en sus apartado 1º y 2º, se fija el precio de los comedores para todos los alumnos de la Comunidad Autónoma en 860€ anuales (86€ al mes), siendo el precio de la comida ocasional de 6,20€ al día. El número máximo de días en las que se puede acceder de forma ocasional al Comedor es de 7 días lectivos por mes, excepto durante el mes de septiembre, que se autoriza un máximo de 8 días

Esto supone:

-El precio mensual es fijo. Aunque el alumno haya faltado por cualquier motivo, enfermedad, viaje,…la cuota se abona entera.

-El alumnado ocasional paga 6,20 € por comida, a partir de noviembre, siendo el nº máximo de días que puede acceder de forma ocasional de 7, excepto el mes de septiembre.  Si utilizara el Servicio un día más abonaría la paga completa.

-Al alumnado becado por DGA, la cuantía concedida le cubre todo el precio del comedor y todos los días del curso, incluso los de jornada continua.

El alumnado transportado puede usar el servicio de Comedor Escolar,  los días del curso con jornada partida. No cubre su beca los días de jornada continua. Si quisieran utilizar el Servicio deberían abonarlo.

-El alumnado becado por la Comarca, deberá pagar la diferencia entre el importe concedido y el precio del comedor.

El compromiso de usar el servicio de manera fija, es para todo el curso, perdiéndose el derecho al mismo, si se renuncia a él a lo largo del curso.

 

El impago de la cuota supone la pérdida del derecho a la utilización del servicio de comedor, mediante decisión expresa y motivada del Consejo Escolar, para reincorporarse al mismo deberán abonar previamente las cantidades adeudadas.

 

Respecto al uso del servicio de comedor escolar de manera ocasional, y tras acuerdo tomado por el Consejo Escolar en su sesión ordinaria de 30 de junio de 2015, se recuerda que aquel alumno que se quede a comer puntualmente debe comunicarlo en secretaría con anterioridad y como tiempo máximo  a las 10 h  de ese día, debiendo pagar el menú antes de utilizar el servicio, bien en secretaría en efectivo o en el banco si el pago es domiciliado.

Os comunicamos que con fecha 15 de octubre se aprobó el Reglamento de Comedor, que podéis consultar en nuestra página web (ceipsantossamper.net). En dicho Reglamento está especificado que si un alumno/a tiene alergias o intolerancias alimentarias, debe presentar un certificado médico para adaptar la dieta.

 

 

Un saludo

 

 

                                                                                  El Equipo directivo

 

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